Que una mujer embarazada no es una enferma, imagino que es obvio para todos.
Pero que, por esta condición, es necesario que tenga en cuenta determinadas precauciones, es algo que hay que recordar.
A mi, sin ir más lejos, ayer me llegó el día de parar. Y, a pesar de que ya me lo estaban avisando, fue mi propio cuerpo el que me pidió un «kit kat». Por suerte, sólo fue un pequeño susto. Martín sigue perfectamente, disfrutando y esperando al momento adecuado para nacer. Pero yo, por si acaso, comienzo un período de descanso hasta su llegada.
Así que, ya que me parece un tema que os puede interesar, os cuento las diversas opciones que hay en cuanto a bajas laborales durante el embarazo:
BAJA POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO
En este caso, por norma general, es la Mutua correspondiente la que concede este permiso, así como la responsable del pago del subsidio del 100% del salario base, siempre que se demuestre que el trabajo desempeñado por la trabajadora es perjudicial para su estado, y no es posible trasladarla a otro puesto de trabajo más apropiado.
Suele ser un punto que se recoge en los convenios de la empresa, por lo que es conveniente que lo consultéis.
BAJA POR MATERNIDAD
Es el descanso más conocido. En el caso más habitual, se reconoce un permiso de 16 semanas a la madre, que suelen consumirse tras el parto. Sin embargo, sólo hay obligación de utilizar 6 semanas tras el parto, para recuperarse físicamente. Las otras 10 semanas, a elección de la madre / padre podrán consumirse antes o después del parto.
Durante este tiempo, seguiréis cobrando el 100% de vuestro salario base, a cargo de la Seguridad Social, tras la tramitación del «papeleo» oportuno.
BAJA MÉDICA ORDINARIA
Corresponderá a vuestro médico de cabecera la decisión de concederos la baja médica ordinaria por cuestiones de salud. Como en cualquier baja «por contingencias comunes» la prestación que cobréis siempre será inferior (60% o 75% en función del tiempo).
Me estoy refiriendo, en todo momento, a trabajadores por cuenta ajena, que ya no sé en que situación os encontráis actualmente las autónomas, y, lamentablemente, no podéis contar con tantas ayudas, o con tanto tiempo.
Os contaré que en mi caso, en este embarazo, he tenido que optar por la tercera opción. Según mi puesto de trabajo, se interpreta que puedo continuar hasta la semana 37.
En el primer embarazo no tuve problema en esperar (salvo por los 100 Kms diarios de coche que hacía sola). Pero ahora, supongo que, además del coche, el calor y la imposibilidad de descansar del mismo modo que cuando no se tienen más hijos, me han hecho recurrir al médico. Y estoy convencida de que ha sido una gran idea.
Supongo que a todas nos parece siempre tarde la fecha decidida por la mutua para acogernos a este permiso de baja por riesgo, sin duda el más beneficioso. Habrá que pensar que todo está bien estudiado y baremado. Así que, habiendo otras opciones, para qué protestar…
Y después de este mini resumen de opciones, sólo me queda recordaros, futuras mamás, que estáis haciendo un gran esfuerzo. Así que, en la medida de lo posible (sé que no siempre es fácil):
¡Descansad!
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